Glossary entry (derived from question below)
Spanish term or phrase:
acusaciones particulares // actor civil
French translation:
parties civiles//plaignant; demandeur; accusateur
Added to glossary by
Isabelle López T.
Oct 16, 2011 14:35
12 yrs ago
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Spanish term
acusaciones particulares // actor civil
Spanish to French
Law/Patents
Law (general)
sentencias
Quelle est la différence entre les deux ?
Voici un exemple de phrase:
"Deberán abonar las costas procesales causadas en el curso del procedimiento seguido para su enjuiciamiento, incluidas las de las acusaciones particulares y el actor civil."
Merci !
Voici un exemple de phrase:
"Deberán abonar las costas procesales causadas en el curso del procedimiento seguido para su enjuiciamiento, incluidas las de las acusaciones particulares y el actor civil."
Merci !
Proposed translations
(French)
3 | parties civiles//plaignant; demandeur; accusateur | Gad Kohenov |
Proposed translations
2 days 17 hrs
Selected
parties civiles//plaignant; demandeur; accusateur
Une suggestion.
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Comment: "J'ai déjà remis la traduction, mais je vous attribue les 4 points, car j'avais en effet retenu partie civile // demandeur. Merci de votre aide !"
Reference comments
2 days 8 hrs
Reference:
Acusación particular / actor civil
http://iabogado.com/guia-legal/ante-la-justicia-penal/la-par...
Acusador particular es la persona, distinta al Ministerio Fiscal, que ejercita la acción penal como parte acusadora ante los hechos que revisten los caracteres de delito (delitos públicos, semipúblicos o privados) y generalmente representa los intereses de la víctima o del ofendido por el delito.
Puede estar o no presente en la tramitación de los procesos penales.
Dentro de la figura del acusador particular se incluye tanto al acusador particular en sentido estricto, como a la acusación popular, ejercida por cualquier ciudadano haya sido o no perjudicado directamente por el delito.
El acusador popular debe comparecer en la causa por medio de abogado y con procurador con poder especial, sin que en estos casos quepa su nombramiento de oficio, interponer formalmente una querella y prestar la fianza que el Juez determine para asegurar el cumplimiento de las posibles responsabilidades derivadas del pleito.
Por su parte, el acusador particular (que representa a la víctima del delito) puede ejercitar la acción penal interponiendo querella e incluso personarse en la misma una vez iniciado el procedimiento. También puede solicitar que le sea nombrado un abogado de oficio y no está obligado a prestar fianza.
El actor civil es aquel que ejercita la acción civil (la reclamación de las responsabilidades civiles derivadas de la comisión de un delito) dentro del proceso penal.
Siempre será actor civil el Ministerio Fiscal en aquellos casos en los que intervenga dado que está obligado a ejercitar la acción civil junto con la penal independientemente de que en el proceso esté personado un acusador particular.
Será también actor civil el acusador particular y privado, es decir, la persona directamente ofendida por el delito, salvo que desee ejercitar esta reclamación civil en el correspondientejuicio civil.
Además del ofendido o perjudicado, pueden ser actores civiles sus herederos.
Otras referencias :
http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/actor-civil/act...
Partie civile
http://www.proz.com/kudoz/french_to_spanish/law_patents/4847...
http://vosdroits.service-public.fr/F1454.xhtml
Il convient de se constituer partie civile afin de figurer comme partie à un procès pénal.
Cela permet d'obtenir réparation du préjudice subi.
Par ailleurs, la partie civile est associée à l'information judiciaire : déroulement de l'instruction, progression de l'information du juge, exercice des possibilités de recours, demande d'investigation complémentaire, accès au dossier par l'intermédiaire de son avocat.
En matière criminelle lorsqu'il s'agit de certains délits contre les personnes ou les biens, le juge d'instruction avise tous les 6 mois la partie civile de l'état d'avancement de l'information. Mais, si la partie civile le demande, elle peut être informée de la procédure tous les 4 mois et être convoquée et entendue, dans ce but, par le juge d'instruction.
http://iabogado.com/guia-legal/ante-la-justicia-penal/la-par...
Acusador particular es la persona, distinta al Ministerio Fiscal, que ejercita la acción penal como parte acusadora ante los hechos que revisten los caracteres de delito (delitos públicos, semipúblicos o privados) y generalmente representa los intereses de la víctima o del ofendido por el delito.
Puede estar o no presente en la tramitación de los procesos penales.
Dentro de la figura del acusador particular se incluye tanto al acusador particular en sentido estricto, como a la acusación popular, ejercida por cualquier ciudadano haya sido o no perjudicado directamente por el delito.
El acusador popular debe comparecer en la causa por medio de abogado y con procurador con poder especial, sin que en estos casos quepa su nombramiento de oficio, interponer formalmente una querella y prestar la fianza que el Juez determine para asegurar el cumplimiento de las posibles responsabilidades derivadas del pleito.
Por su parte, el acusador particular (que representa a la víctima del delito) puede ejercitar la acción penal interponiendo querella e incluso personarse en la misma una vez iniciado el procedimiento. También puede solicitar que le sea nombrado un abogado de oficio y no está obligado a prestar fianza.
El actor civil es aquel que ejercita la acción civil (la reclamación de las responsabilidades civiles derivadas de la comisión de un delito) dentro del proceso penal.
Siempre será actor civil el Ministerio Fiscal en aquellos casos en los que intervenga dado que está obligado a ejercitar la acción civil junto con la penal independientemente de que en el proceso esté personado un acusador particular.
Será también actor civil el acusador particular y privado, es decir, la persona directamente ofendida por el delito, salvo que desee ejercitar esta reclamación civil en el correspondientejuicio civil.
Además del ofendido o perjudicado, pueden ser actores civiles sus herederos.
Otras referencias :
http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/actor-civil/act...
Partie civile
http://www.proz.com/kudoz/french_to_spanish/law_patents/4847...
http://vosdroits.service-public.fr/F1454.xhtml
Il convient de se constituer partie civile afin de figurer comme partie à un procès pénal.
Cela permet d'obtenir réparation du préjudice subi.
Par ailleurs, la partie civile est associée à l'information judiciaire : déroulement de l'instruction, progression de l'information du juge, exercice des possibilités de recours, demande d'investigation complémentaire, accès au dossier par l'intermédiaire de son avocat.
En matière criminelle lorsqu'il s'agit de certains délits contre les personnes ou les biens, le juge d'instruction avise tous les 6 mois la partie civile de l'état d'avancement de l'information. Mais, si la partie civile le demande, elle peut être informée de la procédure tous les 4 mois et être convoquée et entendue, dans ce but, par le juge d'instruction.
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